Capítulo 16 – No Se Puede Servir a Dios Y a Mamón – 10
Los bienes de la Tierra pertenecen a Dios, que los distribuye según su voluntad. El hombre no es más que el usufructuario, el administrador, más o menos íntegro e inteligente, de esos bienes. A tal punto no constituyen una propiedad individual del hombre, que Dios invalida a menudo todas las previsiones, de modo que hace que la riqueza huya de aquel que se considera con los mejores títulos para poseerla.Probablemente diréis que eso se aplica a la riqueza hereditaria, pero no a la que se consigue con el trabajo. No cabe duda de que, si existe una riqueza legítima, es esta última, cuando se adquiere honestamente, porque una propiedad sólo se obtiene legítimamente cuando para adquirirla no se ha hecho daño a nadie. Se pedirán cuentas hasta de un centavo mal habido, es decir, obtenido con perjuicio para alguien. Con todo, del hecho de que un hombre deba su riqueza a sí mismo, ¿se concluye que al morir tendrá alguna ventaja por ello? Las precauciones que toma para trasmitirla a sus descendientes, ¿no son inútiles muchas veces? Porque, si Dios no quiere que alguno de ellos la reciba, nada prevalecerá contra su voluntad. ¿Puede ese hombre usar y abusar impunemente de su riqueza durante la vida, sin tener que rendir cuentas? No. Al permitirle que la adquiera, es probable que Dios tenga la intención de recompensarlo durante la vida presente, por sus esfuerzos, su valor, su perseverancia. No obstante, si sólo la emplea para satisfacción de sus sentidos o de su orgullo, si esa riqueza se convierte en una causa de equivocación en sus manos, más le hubiera valido no poseerla, puesto que pierde por un lado lo que ha ganado por otro, y anula el mérito de su trabajo. Cuando deje la Tierra, Dios le dirá que ya recibió su recompensa. (M., Espíritu protector, Bruselas, 1861.)