Capítulo 22 – No Separéis lo que Dios Ha Unido – 5
El divorcio El divorcio es una ley humana cuyo objetivo consiste en separar legalmente a los que están separados de hecho. No es contrario a la ley de Dios, porque sólo reforma lo que los hombres han hecho, y sólo es aplicable en los casos en que no se ha tenido en cuenta la ley divina. Si fuese contrario a esa ley, la Iglesia misma se vería obligada a considerar como prevaricadores a aquellos de sus jefes que, por su propia autoridad y en nombre de la religión, en más de una circunstancia han impuesto el divorcio. Doble sería en tales casos la prevaricación, debido a que el divorcio estuvo justificado exclusivamente por intereses transitorios, y no para satisfacer la ley de amor. Con todo, tampoco Jesús consagra la indisolubilidad absoluta del matrimonio. ¿Acaso no dijo que: “Por causa de la dureza de vuestro corazón, Moisés permitió que repudiéis a vuestras mujeres”? Eso significa que, desde la época de Moisés, dado que el afecto mutuo no era el único objetivo del matrimonio, la separación podría llegar a ser necesaria. Y añadió: “al principio no fue así”, es decir, que en el origen de la humanidad, cuando los hombres todavía no estaban pervertidos por el egoísmo y el orgullo, y vivían según la ley de Dios, las uniones estaban cimentadas en la simpatía y no en la vanidad o la ambición y, por consiguiente, no daban lugar al repudio. Jesús va más lejos, pues especifica el caso en que el repudio puede tener lugar, a saber, cuando existe adulterio. Ahora bien, allí donde reina un sincero afecto recíproco el adulterio no existe. Es verdad que Jesús prohíbe al hombre desposar a la mujer repudiada, pero debemos tener en cuenta las costumbres y el carácter de los hombres de su tiempo. La ley mosaica prescribía, en ese caso, la  lapidación. Con la intención de abolir un hábito bárbaro, Jesús recurrió a una penalidad que lo sustituyese, y la encontró en la deshonra que sería consecuencia de la prohibición de un segundo matrimonio. En cierto modo, se trataba de una ley civil que sustituía a otra ley civil, pero que, como todas las leyes de esa índole, debía superar la prueba del tiempo.